Cómo, dónde, cuánto y para qué recurrir a un mediador en el proceso de divorcio
El divorcio suele ser una experiencia traumática, sobre todo cuando la pareja deja atrás largos años de convivencia e hijos en común. Las diferencias de criterio en relación a la educación, crianza y custodia de los hijos menores y, por supuesto, el trasfondo emocional que subyace a cualquier negociación, lo hacen doloroso para ambas partes.
La mediación, el método alternativo de resolución de conflictos más conocido, trata de que padres e hijos, o la pareja sola, si fuese el caso, no tenga que pasar por este trance, o, que lo haga con el objetivo de conseguir una solución ventajosa para ambos y, sobre todo, para los menores.
Este proceso legal, que pronto será obligatorio antes de presentar una demanda de divorcio una vez entre en vigor la Ley de Medidas de Eficiencia Procesal, no trata de ganar, de llevarse más o de quedar por encima. La mediación persigue el acuerdo razonable para las partes con el menor sufrimiento posible para todos.
Respondemos aquí a las dudas básicas sobre la mediación en un proceso de divorcio:
Quién es el mediador en el proceso de divorcio?
El mediador es un profesional que se ha formado en esta especialización, siendo preciso que haya cursado la formación establecida legalmente. Es una figura neutral e imparcial que persigue el llamado win-win, es decir, que todos ganen, frente a la confrontación que se practica para ganar mucho en beneficio del contrario. En estos procesos el mediador se convierte en una canal de comunicación entre las partes.
Cómo puedo informarme sobre mediación?
Pues si usted se va a divorciar, su abogado está en la obligación de informarle de que existen vías alternativas para llegar a un acuerdo. Profesionales particulares y asociaciones legales se dedican a la mediación y a otros MASC, Métodos Alternativos de Solución de Conflictos.
¿Dónde se lleva a cabo el proceso de mediación?
En los despachos de los mediadores particulares o bien en instituciones como el Colegio de Abogados, Colegio de Procuradores, el Colegio Notarial, entre otros. También en Organismos Públicos, como Ayuntamientos y Comunidades Autónomas. Incluso de manera telemática, al menos hasta que se de por finalizada la pandemia.
¿Cuántas sesiones de mediación son necesarias?
Este proceso se puede llevar a cabo en un número determinado de sesiones. No hay un límite. Se comienza con una sesión informativa, en la que se explican a las partes los principios de la mediación y en caso de que acepten someterse al proceso, se firma el acta de la sesión constitutiva en la que se acepta la mediación y se fijan de manera orientativa un número de sesiones, que no tienen por qué cumplirse si se llega al “todos ganan”.
¿Quién paga la minuta del mediador?
A la hora de pagar esta minuta, son las partes quienes, de común acuerdo, fijan la proporción en que asumirán el pago de los servicios, constituyendo éste el primer acuerdo de las partes.
¿Qué ocurre si no se llega a un acuerdo
Si no se llega a un acuerdo habrá que acudir a los tribunales y presentar la demanda de divorcio. Cuando la mediación sea un paso obligatorio, se deberá presentar un documento acreditativo de que se ha pasado por este estadio.
¿Es vinculante un acuerdo de mediación en caso de divorcio?
Sí. Los acuerdos alcanzados en el proceso serán completamente vinculantes entre las partes y cualquiera puede solicitar su elevación a público ante notario o su homologación judicial, con lo cual tiene una total vinculación a lo firmado.
Con la introducción del mediador para los asuntos de familia se persigue aligerar el atasco judicial y ayudar a los ciudadanos a resolver sus problemas de manera ágil, eficaz y con un menor coste económico, pero, sobre todo, emocional.
Es, insistimos, en este punto donde la mediación supone un cambio radical de perspectiva, de abordaje y solución a los problemas de las partes en conflicto. Se trata, de buscar una solución que cumpla las expectativas para ambas partes, siendo ellas las que encuentren ese camino con ayuda del mediador.
El proceso es desconocido en España por el gran público, a pesar de que en los últimos veinte años, la Unión Europea lleva tratando de afianzarlo en sus fronteras y que en España existe una Ley desde el año 2012, en que se traspuso la Directiva Europea de 2008. El GEMME, Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación, trabaja para que sean los propios jueces quienes deriven casos a la mediación y ayudar así a aliviar el atasco judicial.
Este 2022 está previsto que entre en vigor la ley que regula su aplicación y esperamos contribuir a darla a conocer. En Garea Abogados somos mediadores y creemos firmemente en los beneficios de este método para los divorcios, pero también para otros asuntos de familia relacionados con las herencias y sucesiones.